Veda electoral en Mendoza: qué se puede hacer y qué no
Este domingo 24 de septiembre la provincia va a elegir gobernador y en General Alvear, Intendente.

Este viernes desde las 8 comenzó a regir la veda electoral en Mendoza que el domingo irá a las urnas para elegir gobernador y vicegobernador, legisladores provinciales, intendentes y concejales. Esto quiere decir, entre otras cosas, que las campañas y publicidades electorales de los candidatos de todas las fuerzas políticas concluyeron.
En concreto, la veda electoral contempla la prohibición de realizar actos públicos, proselitismo, publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, según establece la legislación.
El Código Electoral indica que el día de la elección se prohíbe publicar y difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de los comicios entre las 8 y las 21, es decir durante la realización de los comicios y hasta 3 horas después de su cierre.
En el artículo 71 se establece que la veda electoral “debe comenzar a regir 48 horas antes de la apertura de los comicios y finalizará tres horas después de terminar la jornada electoral”.
“Quiénes no cumplan con la veda se ven expuestas a posibles denuncias o sanciones, siempre y cuando se compruebe la violación del Código Electoral”, sostiene.
Lo que no se puede hacer
Las reuniones de electoras y electores o el depósito de armas en casas dentro de un radio de ochenta metros alrededor de los lugares de votación.
Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación desde este viernes hasta el día de los comicios.
Realizar actos públicos de proselitismo a partir de este viernes hasta pasadas las 21 horas del domingo.
Abrir los locales partidarios ubicados dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.
Los espectáculos, fiestas teatrales, actividades deportivas y cualquier reunión pública durante el domingo de las elecciones.
La venta de cualquier clase de bebidas alcohólica, desde el sábado a partir de las 20 y hasta las 21 del domingo.
La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos corre desde este viernes hasta el día de la votación.
Publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre el resultado a partir de este viernes hasta el domingo electoral.
La pena prevista para quien “con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo” es de dos meses a dos años de cárcel, mientras que a quien “utilizare medios tendientes a violar el secreto del sufragio tendrá hasta tres años de presión”, según establece el artículo 140.
Por su parte, a los ciudadanos se les podrá cobrar una multa comprendida de entre $10 mil y $100 mil si no respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en los medios de comunicación.
La misma multa será aplicada a aquellas personas que realicen actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.
En tanto, si los candidatos no cumplen con la veda podrán perder el derecho a recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público anual por un plazo que oscila entre uno y cuatro años.
También dejan de percibir fondos para el financiamiento de una o dos elecciones.
La veda electoral culmina el domingo a las 21.
Con información de Télam.