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Veda electoral en Mendoza: qué se puede hacer y qué no

Este domingo 24 de septiembre la provincia va a elegir gobernador y en General Alvear, Intendente.



Este viernes desde las 8 comenzó a regir la veda electoral en Mendoza que el domingo irá a las urnas para elegir gobernador y vicegobernador, legisladores provinciales, intendentes y concejales. Esto quiere decir, entre otras cosas, que las campañas y publicidades electorales de los candidatos de todas las fuerzas políticas concluyeron.

En concreto, la veda electoral contempla la prohibición de realizar actos públicos, proselitismo, publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, según establece la legislación.


El Código Electoral indica que el día de la elección se prohíbe publicar y difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de los comicios entre las 8 y las 21, es decir durante la realización de los comicios y hasta 3 horas después de su cierre.

En el artículo 71 se establece que la veda electoral “debe comenzar a regir 48 horas antes de la apertura de los comicios y finalizará tres horas después de terminar la jornada electoral”.

“Quiénes no cumplan con la veda se ven expuestas a posibles denuncias o sanciones, siempre y cuando se compruebe la violación del Código Electoral”, sostiene.

Lo que no se puede hacer

  • Las reuniones de electoras y electores o el depósito de armas en casas dentro de un radio de ochenta metros alrededor de los lugares de votación.

  • Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación desde este viernes hasta el día de los comicios.

  • Realizar actos públicos de proselitismo a partir de este viernes hasta pasadas las 21 horas del domingo.

  • Abrir los locales partidarios ubicados dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.

  • Los espectáculos, fiestas teatrales, actividades deportivas y cualquier reunión pública durante el domingo de las elecciones.

  • La venta de cualquier clase de bebidas alcohólica, desde el sábado a partir de las 20 y hasta las 21 del domingo.

  • La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos corre desde este viernes hasta el día de la votación.

  • Publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre el resultado a partir de este viernes hasta el domingo electoral.

La pena prevista para quien “con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo” es de dos meses a dos años de cárcel, mientras que a quien “utilizare medios tendientes a violar el secreto del sufragio tendrá hasta tres años de presión”, según establece el artículo 140.

Por su parte, a los ciudadanos se les podrá cobrar una multa comprendida de entre $10 mil y $100 mil si no respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en los medios de comunicación.

La misma multa será aplicada a aquellas personas que realicen actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.

En tanto, si los candidatos no cumplen con la veda podrán perder el derecho a recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público anual por un plazo que oscila entre uno y cuatro años.

También dejan de percibir fondos para el financiamiento de una o dos elecciones.

La veda electoral culmina el domingo a las 21.


Con información de Télam.

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