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Un fallo de la Corte da luz verde al Gobierno para descontar los días de paro

Una sentencia del año 2000, con el voto preopinante de Aída Kemelmajer, indicó que es legítimo el no pago de salarios por los días de huelga.

El Sindicato Unido de Trabajadores de la Educación (SUTE) anunció que irá a la Justicia contra los descuentos que les realizará el Gobierno a los docentes por no asistir a clases durante los días de paro, por considerarlos ilegales. Sin embargo, existe un fallo del 2000 de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza que ya determinó que es legítimo aplicar esas reducciones en los salarios de los estatales.

Los maestros aceptaron el jueves la oferta salarial y dieron de baja la medida de fuerza que ya había sido votada, pero esa decisión estuvo sujeta a que el sindicato judicialice los descuentos por faltas a las escuelas, que el gobernador Rodolfo Suarez confirmó que realizará.

Esto se verá reflejado en los bonos de sueldo de los trabajadores este miércoles, último día hábil del mes. Por adherir a la huelga, los maestros perderán el ítem aula, que representa 10% de la asignación de clase, estado docente, zona y antigüedad; el presentismo y el porcentaje correspondiente al bono de $7.200 acordado en la paritaria 2022.

En números, la Dirección General de Escuelas (DGE) explicó semanas atrás que los maestros que adhirieron a los cinco días de paro (26 y 27 de julio, y 8, 9 y 10 de agosto) tendrán descuentos de hasta 25% en su salario. Según los cálculos del sindicato, eso podría significar, en algunos casos, unos $25.000 menos.

El SUTE sostiene que estos “son actos de persecución” a la actividad sindical y que las faltas están justificadas. El Ejecutivo “incurrirá en el delito de retención indebida, según el artículo 173 inciso 7) del Código Penal de la Nación”, expresó el sindicato conducido por Carina Sedano y Gustavo Correa. Es por eso que advirtieron que acudirán a la Justicia.

Sin embargo, existe un antecedente judicial que le da el aval al Gobierno para ejecutar estos descuentos. En una sentencia del 26 de diciembre del 2000 de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, con el voto preopinante de la reconocida Aída Kemelmajer, que entonces formaba parte del máximo tribunal, se afirmó que es legítimo el no pago de salarios por los días de paro.

Ese fallo indica que el carácter suspensivo que generalmente se reconoce a la huelga no justifica la subsistencia de la obligación del pago de salarios, pues estos tienen carácter de contraprestación. En cuanto al aspecto de represalia que se le atribuye al descuento de los salarios por los días de huelga, cabe señalar que la sentencia del tribunal de la provincia dice que “el descuento de los días no trabajados no importa una sanción”.


El ítem aula


El ítem aula, creado en el 2016, durante la gestión de Alfredo Cornejo, a través del decreto No228/2016 ratificado por la ley No8.847 y luego modificado por el decreto N°989/16, tiene aval judicial. La Suprema Corte de Justicia dijo en el 2018 que este es constitucional, luego de una presentación judicial que hizo el sindicato cuando era conducido por Sebastián Henríquez, al plantear que era ilegal por vulnerar derechos constitucionales y colectivos.

En ese fallo, el tribunal dijo que el Gobierno provincial no violó la negociación colectiva ni la libertad sindical ni contradijo el Estatuto del Docente ni incumplió con la ley al omitir la convocatoria al Consejo General de Educación.

En los fundamentos, el presidente de la Corte, Jorge Nanclares, en ese entonces expresó: “No luce irrazonable o desatinado el ítem propuesto para los docentes cumplidores, toda vez que armoniza con el deber de asegurar el correcto funcionamiento de los establecimientos públicos educativos en miras de educar y preparar para la vida a nuestros educandos por encima de los intereses subjetivos. El Estado debe proyectar medidas en miras al logro de estos objetivos y este es un ejemplo de ello, tal como se han instrumentado otras y se deberán seguir instrumentando, ya que esta no es una tarea acabada, porque así lo requiere el sistema educativo”.

Respecto de ese ítem que será descontado, el Ejecutivo considera que no significa una reducción en el salario, sino que lo que no se pagará es un adicional atado al requisito de estar en el aula.

“Los descuentos los vamos a hacer porque nos apegamos a la ley. Se les mintió cuando se decía que el ítem aula está licuado, que no se iban a hacer los descuentos”, dijo el gobernador Rodolfo Suarez la semana pasada.

El SUTE, en tanto, aseguró: “Si el Gobierno provincial efectuara descuentos ilegales en el salario de las trabajadoras y los trabajadores de la educación, el gremio exigirá que el total del dinero descontado arbitrariamente no quede en las arcas del gobierno, sino que sea aplicado en las necesidades de los docentes y las escuelas”.

Este adicional fue creado con el “objeto de reconocer e incentivar al docente que de manera diaria y constante, ya sea dando clases, formado parte del equipo directivo o en otra función del escalafón docente para la que concursó y para la que fue designado logra que nuestros alumnos puedan recibir en forma ininterrumpida la educación que el Estado está obligado a prestar y que en última instancia da sentido al propio sis- tema educativo”, dice la norma.

Este adicional puede ser percibido por docentes titulares y suplentes de las distintas modalidades y niveles, con licencia ordinaria, licencia por maternidad, licencia por motivo de accidente o enfermedad profesional y maestros con enfermedad terminal, entre otros casos.

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