Se promulgó la ampliación de la vigencia en los carnets de conducir en Mendoza.
De 5 años pasó a 10 años
La semana pasada se convirtió en ley, y este martes el Gobierno provincial promulgó la norma en el Boletín Oficial.
De esta forma, cada renovación que se haga desde este momento, durará 10 años y no 5 como era hasta hace pocas horas.
“Art. 22 bis- Duración. Las licencias de conducir que se otorguen en el ámbito de la provincia para conductores no profesionales de hasta sesenta y cinco (65) años de edad, tienen una vigencia de diez (10) años. A excepción de los condenados por delitos vinculados a la conducción antirreglamentaria de un vehículo automotor, para reiterantes de la infracción del Artículo 52 inciso 7 de la presente Ley, y para reiterantes de la contravención del Artículo 67 bis de la Ley Nº 9099, en cuyo caso el plazo será de cinco (5) años", reza la ley que promulgó el Gobierno este martes por la mañana.
La novedad, claro está, es que a partir de hoy las renovaciones serán cada diez años. Si bien durante la semana pasada el proyecto se convirtió en ley, todas las renovaciones que se efectuaron durante los últimos días tendrán un plazo de 5 años.
"Las licencias que se otorguen a personas que tengan una edad entre los sesenta y seis (66) años hasta setenta y cinco (75) años, tienen una vigencia de cinco (5) años. A partir de los setenta y seis (76) años la vigencia de la licencia de conducir será de tres (3) años", amplía el documento convertido en ley.
La ley vieja establecía una vigencia de 5 años hasta los 65 y en Mendoza a partir de esa edad se renovaba cada 3 años hasta los 70, edad en la que se renovaba anualmente con prueba de manejo incluida.