Escuchar artículo

La nueva defensa de Nahir Galarza presentó un pedido formal ante la Sala Penal N° 1 del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJ) para revisar la condena a prisión perpetua por el homicidio de Fernando Pastorizzo, ocurrido en diciembre de 2017 en Gualeguaychú.

La presentación busca que el máximo tribunal provincial reexamine la sentencia que mantiene a Galarza privada de su libertad desde hace más de seis años.

El recurso fue impulsado por el abogado Eduardo Gerard, quien asumió la representación legal de la joven a fines del año pasado, según reportó AFP Digital. El letrado tomó el caso luego de que, en julio de 2024, la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazara el último recurso extraordinario presentado por la defensa anterior, dejando firme la condena.

El planteo se ampara en el artículo 527 del Código Procesal Penal de Entre Ríos, el cual habilita la revisión de sentencias firmes ante circunstancias excepcionales. La estrategia de la defensa se fundamenta en dos ejes centrales: la utilización de una presunta prueba pericial falsa y una interpretación legal que resultó más gravosa para la acusada.

En ese marco, el escrito presentado por Gerard solicita que la Sala Penal analice la validez de la prueba que sustentó el fallo definitivo y revise si la aplicación de la ley penal fue la adecuada.

Cuestionamiento a la prueba pericial

El primero de los argumentos apunta a la actuación de la perito de la Policía de Entre Ríos, Gabriela Laiño —licenciada en Bromatología—, quien estuvo a cargo del análisis del teléfono celular de Galarza.

Aquel informe, de unas 1.500 páginas, fue considerado fundamental para acreditar la relación de pareja entre la acusada y Pastorizzo. Esa circunstancia permitió aplicar la figura de homicidio agravado por el vínculo. La defensa sostiene que dicha pericia carece de la validez técnica requerida para sostener un fallo de tal gravedad.

Perspectiva de género y calificación del vínculo

En segundo lugar, el recurso sostiene que el juicio no fue abordado con perspectiva de género. Asimismo, señala que existen precedentes posteriores de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y del propio Superior Tribunal provincial que permitirían revisar la sentencia bajo criterios jurisprudenciales más recientes.

En este punto, la defensa cuestiona especialmente cómo el Tribunal de Juicio estableció la existencia del vínculo de pareja. El planteo indica que la interpretación utilizada para aplicar el agravante no consideró los requisitos exigidos en materia penal, tales como la existencia demostrada de un proyecto de vida en común.

Definición del tribunal y postura de Galarza

En el marco de las repercusiones por este nuevo planteo, Nahir Galarza reflexionó sobre su situación procesal y el futuro tras la condena: “No sirve de nada que pida perdón”, expresó en declaraciones recientes al referirse a la víctima y a su situación personal.

Ahora, la Sala Penal N° 1 del Superior Tribunal de Justicia deberá evaluar los fundamentos presentados y decidir si corresponde abrir el trámite de revisión sobre la condena dictada por unanimidad el 3 de julio de 2018 por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguaychú.

Autor: admin

Fuente: El Sol